Vamos ya a buscar los impresos para realizar todos los trámites de creación de la empresa. Lo primero que tengo que decidir es si mi empresa va a ser de tipo persona física (empresario individual o, con socios, Comunidad de Bienes o Sociedad Civil) o jurídica, con personalidad propia, acudiendo a cualquiera de los distintos tipos sociales (S.Co., S.Com., S.L., S.L.N.E., S.A., S.L.L., S.A.L., S. Coop.).
Una vez decidido, vamos a ver trámites que, en general, se puede necesitar llevar a cabo. Impresos a rellenar, administraciones en las que hay que presentarlos, etc.
En primer lugar, te planteas ser un empresario individual, sin personalidad jurídica. Vas a tributar por el I.R.P.F. Te puede interesar si tu actividad no va a ser grande, y acabarías tributando más por Sociedades. Pero recuerda su gran inconveniente: tendrás responsabilidad ilimitada. Vamos a ver los trámites que tienes que hacer:
1. Opcional: inscribirte en el Registro Mercantil de la Provincia, dentro del mes siguiente a la elaboración de los estatutos. Puedes ver algo de información online en:
La dirección en León es: Registro Mercantil de León Calle del Carmen 7, 24001 León 987 273 752 Correo electrónico: leon@registromercantil.org
2. Colegiación profesional, si el ejercicio de la actividad profesional requiere estar colegiado con carácter obligatorio (abogados, economistas, médicos...).
3. Declaración censal y obtención del C.I.F. Debe tramitarse antes del inicio de la actividad, y se puede tramitar en la Ventanilla Única Empresarial (VUE). Aquí tienes normas de presentación de los modelos 036 y 037:
Aquí y puedes descargar la declaración censal, trámite ante la Agencia Tributaria MODELO 036
y el MODELO 037:
Explicación modelo 037 simplificado
4. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE): hay diez días hábiles para presentarla antes del inicio de la actividad, y se puede presentar en la VUE. Es un trámite ante la AEAT (Agencia Tributaria) de la provincia donde se va a realizar la actividad. Para poder descargarte el modelo, puedes acudir al siguiente link de la AEAT:
4. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE): hay diez días hábiles para presentarla antes del inicio de la actividad, y se puede presentar en la VUE. Es un trámite ante la AEAT (Agencia Tributaria) de la provincia donde se va a realizar la actividad. Para poder descargarte el modelo, puedes acudir al siguiente link de la AEAT:
Explicación alta IAE
Alta IAE León explicación
Instancia alta IAE León
5. Licencia de obras: si procede (si se va a realizar obra mayor o menor en una oficina o edificio de un término municipal), se debe solicitar antes del inicio de la obra, ante el Ayuntamiento en el que radique el inmueble en el que se va a llevar a cabo la obra. Se puede tramitar en la VUE. Por ejemplo, para el Ayuntamiento de León, aquí puedes descargar los modelos de instancia:
Alta IAE León explicación
Instancia alta IAE León
5. Licencia de obras: si procede (si se va a realizar obra mayor o menor en una oficina o edificio de un término municipal), se debe solicitar antes del inicio de la obra, ante el Ayuntamiento en el que radique el inmueble en el que se va a llevar a cabo la obra. Se puede tramitar en la VUE. Por ejemplo, para el Ayuntamiento de León, aquí puedes descargar los modelos de instancia:
Solicitud licencia obra menor León
Solicitud licencia obra mayor
6. Licencia ambiental: si procede, en función de la actividad que vamos a desarrollar. Es un trámite ante el Ayuntamiento, que podemos gestionar en la VUE, y que debe presentarse antes del comienzo de la actividad. Aquí puedes descarga el impreso del Ayuntamiento de León:
Solicitud licencia obra mayor
6. Licencia ambiental: si procede, en función de la actividad que vamos a desarrollar. Es un trámite ante el Ayuntamiento, que podemos gestionar en la VUE, y que debe presentarse antes del comienzo de la actividad. Aquí puedes descarga el impreso del Ayuntamiento de León:
Solicitud licencia ambiental León
7. Licencia de apertura: trámite con las mismas características que la licencia ambiental. Según la actividad, puede ser una licencia de apertura ambiental o de actividad inocua. También existe el trámite del cambio de titularidad de la licencia de apertura. Las descargas de los impresos del Ayuntamiento de León las tienes aquí:
Solicitud licencia apertura ambiental León
Solicitud de cambio titularidad licencia apertura León
7. Licencia de apertura: trámite con las mismas características que la licencia ambiental. Según la actividad, puede ser una licencia de apertura ambiental o de actividad inocua. También existe el trámite del cambio de titularidad de la licencia de apertura. Las descargas de los impresos del Ayuntamiento de León las tienes aquí:
Solicitud licencia apertura ambiental León
Solicitud de cambio titularidad licencia apertura León
8. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): trámite a realizar ante la Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración, aunque en la VUE se puede tramitar, en los 30 días siguientes al inicio de la actividad. Aquí tienes información sobre los obligados, coberturas, etcc:
y aquí el impreso del TA0521:
9. Inscripción de la empresa en la S.S. y obtención del código cuenta de cotización: es un trámite que sólo hace falta llevar a cabo si se contratan trabajadores. Se puede tramitar en la VUE. En esta página tienes información
Información trámites autónomo
y aquí te puedes bajar el modelo TA-6 para tramitar la inscripción:
Modelo TA6 inscripción empresa en SS.
Información trámites autónomo
y aquí te puedes bajar el modelo TA-6 para tramitar la inscripción:
Modelo TA6 inscripción empresa en SS.
10. Afiliación de los trabajadores en el Régimen General de la S.S.: como antes, sólo si se contratan trabajadores. Aquí hay enlaces a distintas páginas de información:
y aquí tienes para bajar el modelo TA.1 de solicitud de afiliación/Nº de la S.S. y otros:
Página bajar modelos de alta trabajadores
Página bajar modelos de alta trabajadores
11. Adquisición y sellado de los Libros de visita (requisitos: CIF/NIF y Nº Afiliación S.S.): los libros se vendes en papelerías y librerías especializadas. Una vez adquirido y rellenos sus datos, se legaliza en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social (en León, sita en la Gran Vía de San Marcos, 27 - 2ª planta). Aquí tienes información:
12. Comunicación de apertura del Centro de Trabajo o de reanudación de actividad: sólo si se tienen contratados trabajadores por cuenta ajena. Se tramita en la Oficina Territorial de Trabajo (en Gran Vía de San Marcos, 27) o en la VUE, en los 30 días posteriores al inicio de la actividad. Aquí hay información al respecto:
En esta misma página está un link para descargar un fichero pdf del impreso, que habrá de presentarse en la Oficina de Trabajo.
13. Libro de compras y gastos y Libro de ventas e ingresos: se obtienen en las Agencias Tributarias y en librerías y papelerías especializadas. Permanecen en la empresa para su cumplimentación, aunque hay que presentarlos en la delegación de Hacienda para su legalización (en León, en Gran Vía de San Marcos, 18).
14. Solicitud de legalización de Libros de Comercio: el empresario individual deberá hacer la solicitud ante el Registro Mercantil de su provincia en función de la legislación que le afecte. En ellos recogerá los registros de las operaciones que se realicen en su empresa. Aquí tienes información:
Información solicitud legalización libros de comercio.
Los libros se compran en librerías, papelerías, o hay posibilidad, como en los otros casos, de llevar un registro informatizado, con hojas que se imprimirán y se encuadernarán. La instancia, junto con los libros, se presenta en el registro Mercantil. Se legalizan antes de realizar anotaciones o en los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio. Los libros se conservarán un mínimo de 5 años desde la última anotación. En la misma página del RºM de Málaga hay un programa que te puedes bajar para generar los soportes informáticos.
Los libros se compran en librerías, papelerías, o hay posibilidad, como en los otros casos, de llevar un registro informatizado, con hojas que se imprimirán y se encuadernarán. La instancia, junto con los libros, se presenta en el registro Mercantil. Se legalizan antes de realizar anotaciones o en los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio. Los libros se conservarán un mínimo de 5 años desde la última anotación. En la misma página del RºM de Málaga hay un programa que te puedes bajar para generar los soportes informáticos.
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